Santo Domingo.- El Poder Judicial dominicano trabaja en el proceso de modificación del Reglamento General sobre Mecanismos No Adversariales de Conflictos, método mediante el cual se conocieron 3, 948 casos durante el año 2022.
En ese sentido, el magistrado Samuel Arias Arzeno, juez de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), experto en el tema de Resolución Pacífica de Conflictos e integrante de la Comisión de Redactores del Proyecto de ese Reglamento, instó a utilizar esos mecanismos que tienen como objetivo principal lograr la paz social, colocar a las partes en la solución de controversias, así como facilitar el acceso a la justicia de toda la población.
El magistrado Arias Arzeno realizó sus planteamientos durante su ponencia en la conferencia “Análisis del Reglamento sobre Mecanismos No Adversariales de la Suprema Corte de Justicia”, organizado por la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM, campus Santiago), el Decanato de Posgrado de la Escuela de Derecho de esa Academia y el Centro de Resolución Alternativa de Controversias de la Cámara de Comercio y Producción de Santiago.
Asimismo, el Juez Arias Arzeno explicó que en el proyecto buscan involucrar a diferentes sectores, incluyendo al Colegio de Abogados, para que ofrezcan su opinión y sean valoradas al momento de aprobar el Reglamento, que modificará el vigente núm. 2142-2018.
Dijo que los abogados serán beneficiados con proponer la aplicación de los métodos no adversariales de conflicto, porque tendrán un cliente satisfecho en un plazo razonable.
“Veo una oportunidad, una muy buena oportunidad de salir de un caso rápido por esta vía, sin costo alguno, aunque usted si le va a cobrar a su cliente. Agregó sobre la necesidad de que no se vea como pecaminoso la posibilidad de llegar a un acuerdo con la otra parte, porque hay una cultura de que negociar es pecaminoso, sobre todo en nosotros los profesionales del derecho y eso hay que irlo cambiando”, aseguró el magistrado Arias Arzeno.
Explicó que el Proyecto de reglamento hace una diferencia entre mediación y conciliación; se sustenta en los principios de gratuidad, confidencialidad, imparcialidad, solución integral del conflicto, acceso a la justicia, celeridad, voluntariedad, autocomposición, derecho a reparación de la víctima, derecho de igualdad, privacidad, informalidad y presencia indispensable e insustituible de las partes.
Las materias contempladas para aplicar los Mecanismos no Adversariales son: Civil, comercial y de Familia, Tributario Contencioso y Administrativo, laboral (salvando las estructuras que contempla la normativa que rige en esa materia), penal e inmobiliaria.
Por su lado, el abogado especialista en arbitraje, licenciado Ismael Comprés consideró que la idea de crear un instrumento uniforme en todas las materias para la mediación es uno de los elementos importantes del proyecto del reglamento, además de que se realizarán dentro de la esfera del Poder Judicial.
Finalmente, Vilena Comas, presidenta del Centro de Resolución de Controversias de Santiago, consideró que el proyecto de Reglamento supera las propuestas anteriores porque promueve la autocomposición y un elemento novedoso es que incluye las plataformas digitales para cuando la conciliación o la mediación no se pueda realizar en la presencialidad.